Spanish Ingresos por publicidad

mlc

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Hola a todos,
Como no tenemos chit chat en español lo pongo aquí.

Esta es la duda:

¿Como justificáis con hacienda los ingresos por publicidad o venta de apps?

- ¿Hacéis una factura ficticia a Google Ireland?

- ¿Con iva sin iva?

- No hacéis nada

En fin, si alguien tiene experiencia, le agradecería explicara como trata este tema.

Saludos y gracias.
 

mlc

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Hola Ferbis,

Si, ya soy autónomo

Supongo que este es el caso:

• Ingresos obtenidos por empresas comunitarias: En estos casos, debemos darnos de alta previamente en el Registro de Operadores Intracomunitarios para poder emitir las facturas con el IVA al 0%. Las grandes empresas como Google Adsense, fijan de manera contractual que nosotros estamos obligados al alta en este registro y que ellos pagarán siempre por la publicidad fuera de Irlanda con el IVA al cero, derivando la responsabilidad tributaria a nosotros en nuestro país.

Gracias
 

Ferbis

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Si, debe ser así. En cualquier caso, lo contrastaría con otra fuente. A ver si algún colega del foro añade algo :)
 

Descartex

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Muy buenas a todos.
Precisamente anoche estuve hablando de este tema con un colega que, en el mismo caso que yo, trabaja por cuenta ajena en una empresa que no tiene nada que ver con esto y hace sus "cosillas". En su caso él programa webs y hace programas a medida, pero su caso lo podemos extrapolar al nuestro.
Pues bien, él factura con una empresa llamada Factoo, son de Valencia y son una cooperativa que emite las facturas en tu nombre, retiene lo que hay que retener y te da de alta en la seguridad social los dias necesarios para que todo sea legal, con lo cual, incluso te estás beneficiando para tu jubilacion (si llega algun día...)
Ellos cobran un porcentaje del monto de la factura, obvio, en funcion del plan que cojas, que puede ir del 4% al 7%. En un principio yo también exclamé "Hostia, vaya tongo", pero si te lo explican con datos como me hicieron a mi anoche, pues... que quereis que os diga... Más cobran en una asesoría y encima te tienes q ir a autonomos.
Cobran 30€ de inscripción reembolsables, que no es mucha cantidad incluso si no la reembolsan.
Yo voy a probar un par de meses, pues tengo 4 proyectos en marcha que debo facturar, uno en UK, otro en Portugal y otro para Sudáfrica, el que queda es nacional.
Si queréis ya os iré contando los porcentajes de ganancia que me van quedando haciendolo todo legal.
De momento he pedido hoy mismo los papeles para echarles un vistazo un par de dias y como mucho el viernes formalizar el alta y así poder generar mi primera factura legal :D

Tal vez será que me estoy haciendo viejo, pero ya estoy un poco harto de hacerlo bajo manga y que me puedan venir un dia y joderme a base de bien, que no soy hermano del rey ni mi madre es una tonadillera famosa.

Un saludo.
 

mlc

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Resumiendo:

• Has de ser autónomo.

• Debemos darnos de alta previamente en el Registro de Operadores Intracomunitarios

• Condiciones de servicio online de Google AdSense: https://www.google.com/adsense/localized-terms?rc=ES&ce=2
Punto 6. Impuestos
Entre Google y tú, Google es responsable de todos los impuestos (si los hubiese) asociados con las transacciones entre Google y los anunciantes en relación con los Anuncios mostrados en las Propiedades. Tú serás responsable de todos los impuestos (si los hubiese) asociados con los Servicios, distintos de los impuestos basados en la ganancias netas de Google. Se considerará que todos los pagos que te efectúe Google en relación con los Servicios incluyen impuestos (si corresponde) y no deberán ser ajustados
.

• Facturación: http://www.lanzandoapps.com/como-facturar-a-apple-facturas-a-apple-google-play/
Facturar a Google por los ingresos de Google Play
En este caso, las facturas a Google se tienen que hacer a una única compañía. Los datos a introducir en la factura son:

GOOGLE IRELAND LIMITED
1ST & 2ND FLOOR ,GORDON HOUSE ,BARROW STREET ,DUBLIN 4, IRELAND
VAT IE 6388047V
Los datos vienen de las condiciones de servicio de Google Play, mientras que el número de IVA delRegistro de Operadores Intracomunitarios (VIES).


El tema es, ¿has de declarar estos ingresos, si son inferiores al salario mínimo?, no declararlos creo que es una norma no escrita.

Saludos
 

Descartex

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No, mlc, no has de ser autonomo.
Hay una figura nueva en el ambito empresarial, la cooperativa de trabajadores, completamente legal (una asesoria laboral me lo confirmó).
Además ya te digo, el caso de este colega, lleva varios años haciendolo incluyendolo todo en la declaracion de hacienda.
Yo estoy revisando la documentacion y seguramente esta tarde formalice el contrato...
 

Ferbis

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En mi caso, trabajo por cuenta ajena y me dijeron que si no es tu actividad principal no tienes que darte de alta como autónomo. El IVA es otro tema. En cuanto a ingresos me dijeron que tenían que ser por encima del salario mínimo interprofesional para tener que declararlo. Comentandolo con mi hermano me dijo que tiene un contacto que se dedica a esto precisamente. Se va a poner al habla con el. Tan pronto me confirme todo os dire
 
Last edited:

Descartex

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Bueno,
Acabo de hablar por telefono con el departamento comercial de Factoo y me ha resuelto las pocas dudas que me quedaban, asi que me acabo de hacer socio.
Este colega mio me ha enviado facturas realizadas y la ultima declaracion de hacienda (evidentemente, no las voy a compartir ;) ) y me parece un método limpio y comodo para hacerlo todo legal.
Un saludo.
 

netsistemas

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También, hay una situación ALEGAL que creo que no está penalizada. Yo la he usado una temporada, en la que no trabajaba como autónomo, pero tenia que facturar licencias de programa.

Si trabajas solo en ESPAÑA puedes darte de alta en el IAE y pagar el IVA a hacienda, sin tener que estar dato de alta en la seguridad social.
Imagina que tienes un programa ya hecho y vendes licencias (no te supone trabajo, es como el que cobra royaltys), aquí no tiene sentido hacerte autónomo. Aunque en HACIENDA, a veces, te aprietan para que lleves el papel de alta de autónomo. No tendrían porque obligarte y si les explicas el caso y haces un escrito pueden no requerirlo. Según con quien pilles.

Resumiendo, te das de alta en el IAE, facturas e ingresas el IVA en el modelo 303 trimestalmente a hacienda y listo. (y en la declaración de la RENTA incluyes los beneficios).

Según el epígrafe de IAE tus facturas deberán llevan IRPF, por lo que si la factura se la emites a una empresa sin trabajadores (por tema de modelos presentados), es una faena para ellos, pues deben ingresarte el IRPF ellos a cuenta en HACIENDA.
Creo haber visto/leido, que existe un epígrafe, que posiblemente se pueda usar, en el que no hay que hacer Retención.

Incluso, podrías llegar a estar en el PARO y facturar!!!! Puede sonar a trampa, pero no lo es. Insisto en el ejemplo de los royaltys y que facturas 500 euros al trimeste.... No te da ni para los autónomos, y menos para vivir, estas en el paro, cobrando o no, pero si quieres ser legal, pues no te queda otra. Porque darte de alta 1 día facturar y luego de baja, no tiene sentido.
 

Descartex

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Muy buenas,
como bien dices "Según con quien pilles", con lo cual es sancionable, otra cosa es que el funcionario de turno lo quiera hacer o no.
Segun me comentaron en la aseroria laboral que fui la semana pasada... TODO lo que suponga ingresos, a efectos legales, se considera trabajo, con lo cual, eso que comentas de que no tiene sentido darte de alta un dia para facturar es lo que los autonomos hacen cuando no tienen actividad pero si ingresos. No busques sentido a las leyes, esto es España... el 90% de las leyes no lo tienen.
En la mayoria de los casos, si tienes unos ingresos inferiores a 15000 € anuales (SMI) no te conviene irte a autonomos pues la mitad practicamente se te va en papeleos y mamandurrias.
La semana que viene emitiré mi primera factura con Factoo y si quereis, os compartiré el resultado.
Un saludo.
 

Heppy

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Descartex, pienso lo mismo que tú. Si solo vas a hacer un trabajo, se puede presentar en hacienda sin que pase nada, pero si hay varias facturas no te lo van a admitir.
Yo en una ocasión me dí de alta en autonomos el último dia del años y de baja el 2 de enero.
Lo de Factoo me parece muy buena solución.
La pregunta es, ¿por que voy a poner 10 días de cotización a la SS, si lo hago en mi tiempo libre?. Con poner 1 día o el tiempo mínimo permitido, solucionado ¿no?
Como no es un trabajo presencial intentar el que los gastos salgan más baratos. ¿Lo hablaste con ellos? (Factoo)
 

Descartex

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Muy buenas, @Heppy.
Lo de los días de cotización, según me han comentado los de Factoo y también la asesora que fui, es por las bases de los grupos de cotización.
Los he mirado aqui:
http://www.seg-social.es/Internet_1...udaci10777/Basesytiposdecotiza36537/index.htm
y más o menos cuadra con la división de TotalFactura/BaseMáximaDiaria. Por lo que entiendo que ellos te dan de alta los días resultantes de esa división. Por poner un ejemplo:
Yo estoy en el grupo 8, con lo cual, son:
Bases mínimas 25,48 €/hora Base maxima 121,40 €/dia
Total de la factura 1000 €, a 4 horas.
Salen algo más de 8 días, en el simulador de Factoo salen 5 dias de alta por lo que creo que aplican lo que la Seguridad Social llama el "coeficiente de parcialidad" es decir, al decir que fueron 4 horas, y el estándar son 8, habria que dividirlo por 2, con lo cual te daría algo más de 4, como no te puedes dar de alta fracciones de dias, y con 4 estarías pasado de tu base máxima de cotización... tendrías que irte al entero superior, 5.
Si te dieses de alta por 4 días, tu base sería de 125€, superior a los 121,40 que permite la ley...
Si, os doy la razon, es una jodienda, pero es lo que hay si no quieres andar con la mosca detras de la oreja.
Un saludo.
 

Descartex

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Buenas!
Ya puedo contar mi experiencia con Factoo.
Bien, os cuento.
El jueves pasado, realice la factura a traves de la web de Factoo y se la envié a mi cliente, el cual la abonó por transferencia a la cuenta de Factoo el viernes.
El lunes recibí la confirmación por parte de Factoo de abono de la factura y que estaban realizando los trámites para abonarmela.
Este miércoles recibí la transferencia de Factoo en mi cuenta del banco, descontados los conceptos de IRPF, Seguridad Social, etc. Se da la circunstancia que mi cliente, al ser de un país de la UE, su factura está exenta de IVA (cosa que no tenia claro y lo añadí "por si acaso"). En apenas 2 horas me enviaron un mail avisándome de tal circunstancia, corrigiéndolo ellos al momento.
Me han parecido muy serios y eficientes, si bien se nota que están empezando, cualquier duda se ponen en contacto contigo y te la resuelven normalmente ese mismo dia.
Definitivamente, seguiré facturando con ellos.
Un saludo.
 

Descartex

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Buenas, compañeros!!
Reabro el post para comentaros que ya he llegado a las 10 facturas con Factoo, cosa que creo q da pie a poder hacer una valoración más objetiva.
Han mejorado mucho el funcionamiento de la web de asociado, por lo que es comodísimo hacer las facturas (definitivas y proforma) y enviarlas al cliente.
Los pagos son bastante puntuales, solo en una ocasión se demoró una semana entre el pago de mi cliente y la recepcion del dinero en mi cuenta, pero creo q no fue achacable a ellos, pues me comentó mi cliente que hubo un festivo en su país ese día y aqui cogió otro de martes, con lo cual, entre ponte bien y estate quieto, paso la semana.
Definitivamente, voy a seguir facturando con ellos. Hablando con mis amigos que facturaban a través de otras webs, también se estan pensando empezar a facturar por este sistema.
Un saludo a todos.
 

bgsoft

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Gracias por tu información

Saludos
 
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